Clave del catálogo c_FormaPago del CFDI 4.0, grupo formas de extinguir la obligación sin flujo de dinero.
Es la extinción de la deuda porque el acreedor la remite, es decir, renuncia a su derecho de cobro. Es una figura muy cercana a la condonación y el catálogo las mantiene separadas.
El acreedor remite la deuda y la obligación se extingue sin pago.
Va en la factura cuyo método de pago es en una sola exhibición, y también en el complemento de pagos, donde se declara la forma real de cada pago que liquida una factura a crédito. Lo que no puede es aparecer en una factura en parcialidades o diferido: ese método exige la clave 99.
Como está a un paso de la condonación, la tentación es elegir cualquiera de las dos. Conviene decidirlo con criterio legal y dejarlo documentado, porque el catálogo distingue dos claves y una revisión puede preguntar por qué se eligió esta. Y comparte el problema de fondo de todo el grupo: para el deudor, una deuda que se extingue sin pago normalmente tiene efecto de ingreso, y ese efecto no lo produce la clave sino el hecho.
Una clave equivocada no se descubre al facturar: se descubre al cerrar el mes, cuando hay que revisar comprobante por comprobante qué se puede deducir y qué no. Refactor Fiscal descarga el mes completo desde el SAT, valida el estatus y el riesgo EFOS del lote entero, y deja los datos fiscales de cada CFDI en una tabla que puedes filtrar y exportar.
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