Clave del catálogo c_FormaPago del CFDI 4.0, grupo formas de extinguir la obligación sin flujo de dinero.
Es la extinción de la deuda porque el acreedor renuncia a cobrarla. No hay pago: hay perdón de la obligación.
El acreedor libera al deudor de la deuda sin recibir contraprestación.
Va en la factura cuyo método de pago es en una sola exhibición, y también en el complemento de pagos, donde se declara la forma real de cada pago que liquida una factura a crédito. Lo que no puede es aparecer en una factura en parcialidades o diferido: ese método exige la clave 99.
Es la clave que más se declara sin ver su otra cara. Para el deudor, una deuda perdonada normalmente representa un ingreso, y quien registra la condonación solo como el cierre de una cuenta por pagar deja ese efecto fuera. Del lado del acreedor, la pérdida tampoco es automáticamente deducible: tiene sus propios requisitos. Es de las pocas claves del catálogo donde poner la clave correcta es la parte fácil.
Una clave equivocada no se descubre al facturar: se descubre al cerrar el mes, cuando hay que revisar comprobante por comprobante qué se puede deducir y qué no. Refactor Fiscal descarga el mes completo desde el SAT, valida el estatus y el riesgo EFOS del lote entero, y deja los datos fiscales de cada CFDI en una tabla que puedes filtrar y exportar.
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