Clave del catálogo c_TipoDeduccion del complemento de nómina 1.2.
Es la retención de un ISR que corresponde a un ejercicio anterior y que se aplica en un recibo del ejercicio en curso. No es un ajuste de concepto: es una retención de otro año.
Hay que retener al trabajador un ISR que pertenece a un ejercicio previo.
Se captura con la clave del ISR común, y eso mete en el ejercicio en curso una retención que pertenece a otro año. La declaración anual del trabajador deja de cuadrar con lo retenido, y la diferencia es difícil de rastrear porque el recibo no dice de qué año viene.
Y hay una simetría que conviene ver completa: si el año anterior se retuvo de más, existe una clave en otros pagos para devolvérselo; si se retuvo de menos, existe ésta para cobrarlo. Son los dos sentidos del mismo problema y viven en catálogos distintos.
005 Otros pagos — el reintegro de ISR retenido en exceso de ejercicio anterior. Es el sentido contrario de esta clave: allá se devuelve, aquí se cobra.002 — el ISR del ejercicio en curso. Mezclarlos descuadra la anual del trabajador.Una clave equivocada no se descubre al facturar: se descubre al cerrar el mes, cuando hay que revisar comprobante por comprobante qué se puede deducir y qué no. Refactor Fiscal descarga el mes completo desde el SAT, valida el estatus y el riesgo EFOS del lote entero, y deja los datos fiscales de cada CFDI en una tabla que puedes filtrar y exportar.
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